Contrato préstamo entre familiares

¿Qué es un contrato de préstamo entre familiares? ¿Cuándo puede hacerse? Antiguamente, los jóvenes podían acceder fácilmente a la vivienda; hoy en día, resulta más difícil acceder a la misma. Es por eso que los padres u otros familiares suelen brindar ayuda para la compra de propiedades como casas o coches. ¿Y qué pasa con Hacienda? ¿Se puede dar dinero porque sí a los hijos sin problemas?

¿Qué hacer para celebrar un contrato de préstamo entre familiares?

Cuando se quiere dar dinero a los hijos o familia para comprar un bien inmueble, suelen surgir muchas dudas respecto de Hacienda. La Agencia Tributaria está al pendiente de los movimientos económicos por cantidades considerables que se hacen entre cuentas; buscan saber si se trata de un contrato de préstamo entre familiares o si es un regalo.

Hacienda verifica el contrato de préstamo entre familiares

¿Es mejor donar el dinero o celebrar un contrato de préstamo entre familiares o particulares? Los problemas aparecen cuando el importe que se deja no se declara y, en consecuencia, el no declararlo puede llamar la atención de Hacienda y la persona recibir una multa. Por ejemplo, para comprar una casa, la persona hace la operación comercial sin contratiempos, pagando los impuestos correspondientes por dicha transacción. Pero, al año siguiente, en la Declaración de la Renta, deberá manifestar que tiene una casa nueva, es decir, que ha aumentado su patrimonio. ¿Y de dónde viene esta casa? ¿Quién le dejó el dinero para comprarla? ¿Ha sido un préstamo entre particulares o una hipoteca? ¿Un regalo o donación?

Cuando se trata de un préstamo, sea o no con intereses, se tiene claro que hay que devolver el dinero. Cuando el padre quiere regalar a su hijo una suma considerable para la entrada al piso o casa, por ejemplo, sin que el hijo lo devuelva, entonces es un regalo; algo que jurídicamente se conoce como donación. En cualquier caso, y para evitar problemas con Hacienda, si se trata de importes considerables, las partes deben acudir ante notario. El notario dará fe pública de que lo que se está otorgando es una donación y, en consecuencia, debe pagarse el correspondiente Impuesto de Donaciones y Sucesiones.

Ahora bien, si es un préstamo, que el hijo tiene que devolver al padre en un futuro, entonces se está ante un contrato de préstamo entre familiares, mejor conocido como contrato particular. En el contrato debe especificarse la cantidad que se otorga, así como los plazos de devolución y si se cobrarán o no intereses. Pero también debe inscribirse y pagarse por él un impuesto: el de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, llamado también TPO.

Formalización del contrato entre particulares

Como bien sabes, cuando se quiere adquirir una vivienda, lo más habitual es hacerlo a través de una hipoteca. El problema es que las hipotecas no pagan la totalidad del inmueble, sino solo una parte, generalmente, el 80% del monto total. Además, para comprar la vivienda no basta con tener el 20% restante, sino que siempre es aconsejable tener un 30% para poder afrontar los gastos que acarrea una compraventa; estos gastos son los de notario por la escritura pública, inscripción de la escritura en el Registro de la propiedad, impuestos, etcétera.

Si la persona no tiene ahorros, entonces suele recurrir a los padres. De ahí que estos decidan la gran mayoría de las veces, dar a sus hijos ese 30% faltante. Si se hace en condición de préstamo, entonces no se paga impuesto de donaciones, pero para que la Agencia Tributaria no considere este como donación, hay que formalizar el contrato de préstamo. No es necesario hacerlo ante notario, basta con hacerlo de forma privada.

Los contratos están sujetos al pago de impuestos

Requisitos del contrato de préstamo entre familiares

Como todos los contratos (arrendamiento o compraventa), el de préstamo entre familiares también debe reunir una serie de partes, llamadas cláusulas. Estas son:

  • Fecha de firma.
  • Identificación de las partes.
  • Si se trata de un contrato de préstamo con intereses o sin intereses. Es muy importante especificar aunque el interés sea 0%, de lo contrario, Hacienda puede exigir a quien presta el dinero una contraprestación equivalente al interés del dinero.
  • Importe exacto.
  • Plazos de devolución y forma de devolución. Debe establecerse un período real. Es decir, si la persona que presta tiene 70 años, no se puede poner que el préstamo se devolverá a lo largo de 40 años. Es importante que la devolución se haga a través de transferencias para dejar constancia del reintegro.
  • Posibilidad de amortización o cancelación.
  • Situación de impago.

Una vez que se ha redactado y firmado el contrato de préstamo entre particulares, por triplicado, se presenta una de estas copias a Hacienda. Para ello se hace una autoliquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados; en realidad, es un impuesto exento, por lo que no se abona nada, pero hay que presentar el modelo 600 que se corresponde a este impuesto.

El modelo 600 lo debe presentar quien recibe el dinero ante la Delegación de Hacienda donde se tenga la residencia habitual. El plazo de presentación es de 30 días desde que se recibe el dinero.

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