Cuando se adquiere una vivienda nueva o de segunda mano, surgen muchas dudas respecto del plazo para inscribir en el Registro de la Propiedad la escritura del inmueble. Este trámite, aunque no es obligatorio, sí es importante y recomendable.
¿Por qué cumplir el plazo para inscribir en el Registro de la Propiedad?
No es obligatorio inscribir las escrituras de un inmueble de nueva adquisición en el Registro de la Propiedad, pero sí es lo más aconsejable. El Registro de la Propiedad es un organismo cuya función es inscribir y anotar todos los actos, resoluciones judiciales y administrativas, así como los contratos relativos a la propiedad y derechos sobre bienes inmuebles.

Al comprar una casa, la compraventa se finaliza con la expedición de las escrituras del inmueble. En las escrituras, el notario certifica que el inmueble le pertenece a quien lo ha comprado. Pero, para que la casa cuente con seguridad jurídica, lo mejor es inscribir las escrituras en el Registro de la Propiedad. De esta forma, la casa pertenece a una determinada persona ante las autoridades. En caso de deudas y controversias judiciales, el propietario ve protegidos sus derechos.
Además, en el tema de herencias y sucesiones, que la casa esté registrada es imprescindible para poder ejecutar un testamento. Así, se puede disponer de la casa para legarla, pero también para hipotecas o para venderla a otra persona en el futuro.
Se pierde la seguridad jurídica
Si el inmueble no se inscribe en el Registro de la Propiedad, el dueño pierde la seguridad jurídica sobre el mismo. Y es que el registro da fe pública y asegura que el inmueble pertenece a una determinada persona y que el inmueble es el que se detalla en sus archivos.
No poder vender la casa
Cuando las escrituras no se inscriben, resulta imposible vender la vivienda en el futuro. Esto se debe a que resultará difícil al propietario demostrar que la casa es suya, aunque tenga las escrituras. También sería difícil demostrar que la casa está libre de cargas y embargos.
Aumentan los costes
No existe un plazo para inscribir ante el Registro de la Propiedad, pues no es algo obligatorio. Sin embargo, entre más tiempo transcurra entre la celebración de la escritura y la inscripción de la misma, más caro será el trámite. Por otra parte, realizar la inscripción será mucho más complejo.
Sin registro no hay hipoteca
Buena parte de las viviendas en España se adquieren a través de una hipoteca y, uno de los requisitos de la misma es inscribir la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Si la casa no está inscrita, no se concede el crédito.
¿Cargas ocultas?
Al momento de la compraventa, si el inmueble no está inscrito, es imposible saber si éste tiene cargas y deudas pendientes como hipotecas, impuestos y hasta embargos. Si la casa no se inscribe, cuidado, pues el precio de venta puede tener costes ocultos como estas cargas.
¿Qué se necesita para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad?
El plazo de inscripción ante el Registro de la Propiedad no está establecido, pero se aconseja que sea inmediatamente después de constituir las escrituras. Este trámite lo suele hacer el notario que firma las escrituras del inmueble. Para que se pueda registrar al propiedad es necesario contar con:
- Copia autorizada de las escrituras, firmada por el notario.
- Justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto lo paga el comprador.
- Pago de la plusvalía municipal. Debe presentarse recibo del mismo.

¿Cuál es el plazo para inscribir del Registro de la Propiedad?
Aunque el propietario no tiene un plazo establecido para presentar las escrituras, el Registro de la Propiedad sí que cuenta con un plazo de inscripción. Este organismo trabaja con gran celeridad y suele hacer el trámite en los 15 días hábiles siguientes a la presentación de las escrituras. Previo al trámite, el registrador de la propiedad verifica el contrato de compraventa y que este cumpla con todas las garantías legales necesarias. Cuando la inscripción se hace, el propio Registro notifica al Catastro sobre el cambio de titular.
El registro de la vivienda ante las autoridades no caduca, así que no tienes que preocuparte por hacer renovaciones. Sin embargo, cuando la escritura tiene errores o si el registrador encuentra problemas en el contrato, se notifica al propietario para subsanar estos errores. De esta forma, se vuelven a contabilizar los 15 días hábiles desde que se presentan de nuevo los documentos.
Es muy recomendable que el trámite lo haga el notario que firma las escrituras de la propiedad, pues es quien conoce todo lo relativo a la compraventa y cuenta con la copia autorizada que ha de presentarse a las autoridades. Aunque el trámite puede hacerlo el comprador, de forma independiente y en cualquier momento, siempre es aconsejable contar con el respaldo de un profesional. Por último, ten en cuenta que este trámite solo se hace en el Registro de la Propiedad que corresponda a la ciudad donde se encuentre el inmueble.