Requisitos cédula de habitabilidad

Si quieres vender tu vivienda, debes saber que necesitas una cédula de ocupación o de habitabilidad. ¿Cuáles son los requisitos de la cédula de habitabilidad? ¿Ante qué autoridad se tramita? Lo primero que debes hacer es ponerte en contacto con la autoridad correspondiente de tu Ayuntamiento, pues según la ubicación del inmueble, sabrás quién es la autoridad encargada de emitir esta cédula.

¿Qué es una cédula de habitabilidad?

Antes de saber cuáles son los requisitos de la cédula de habitabilidad, debes saber en qué consiste. Se trata de un documento que acredita que la vivienda cuenta con unos requisitos mínimos técnicos, sanitarios e higiénicos. A través de este documento se acredita la legalidad de la vivienda, pero también que es apta para vivir en ella. También se conoce como licencia ocupacional o licencia de ocupación.

el arquitecto verifica que cumplas con los requisitos cédula de habitabilidad

Uno de los requisitos de la cédula de habitabilidad más importantes es que debe ser gestionada por un profesional cualificado. Los profesionales encargados de gestionarlo son arquitectos o aparejadores. Pregúntale a un agente inmobiliario de tu confianza y definitivamente puede ayudarte a conseguirlo.

Después de que un profesional inspeccione tu hogar, emitirá un certificado, que será reconocido por la Escuela de Arquitectos. Esta cédula se presenta ante la autoridad competente, que expide una cédula de habitabilidad. Todo el proceso puede llevar hasta tres meses, así que calcula bien los tiempos, si estás considerando poner en venta tu vivienda cuanto antes.

¿Qué pasa si pierdes la cédula? ¡No te preocupes! Es un documento público y, en caso de pérdida, simplemente puedes solicitar una copia. Si la cédula de habitabilidad ha caducado, deberás renovarlo.

¿Cuáles son los tipos de cédula de habitabilidad?

Existen tres tipos de cédula de habitabilidad. Toma nota para saber cuál te corresponde.

  • Primera ocupación. Esta es la primera autorización de ocupación que otorga el Ayuntamiento a una casa. Las licencias concedidas antes de 2004 tenían una validez de 10 años y ya han caducado. Los inmuebles entregados entre 2004 y 2012 tienen una validez de 15 años. El período de validez después de 2012 es de 25 años. Este documento debe tramitarse cuando el inmueble está nuevo, es decir, de reciente construcción.
  • Cédula de Primera Ocupación por reformas. Aplicable a inmuebles que hayan sufrido grandes reformas. Tiene una validez de 15 años.
  • Prueba de residencia para una segunda ocupación. En este caso, se trata de casas que han sido construidas y habitadas anteriormente. También es válido por 15 años.

¿Cuándo debes tramitar la cédula?

No todas las personas necesitan tramitar la cédula de habitabilidad. Todo depende de la antigüedad de la vivienda y de la última cédula expedida; esto puedes comprobarlo en el tipo de cédula de tu propiedad. ¿Entonces cuándo se tramita? Siempre que quieras vender o alquilar tu vivienda, necesitas disponer de este documento que acredite que la vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad. También deberás mostrar este documento cuando quieras darte de alta en servicios de suministro como agua, luz o gas.

Si la vivienda vas a darla en alquiler, no olvides adjuntar la cédula como parte del contrato de arrendamiento. ¡Es muy importante!

es obligatorio si das la casa en alquiler

¿Cuáles son los requisitos para conseguir la cédula de habitabilidad?

El arquitecto o aparejador que expida este certificado será responsable de verificar que la vivienda cumpla con los requisitos en cuanto a superficie útil, equipamiento, altura y demás exigidos por la autoridad competente en materia de salubridad y seguridad de la vivienda. Ten en cuenta que los requisitos varían según la comunidad autónoma.

Los requisitos de cédula de habitabilidad más comunes son:

  • La casa debe tener al menos 36 metros cuadrados de superficie útil.
  • Debe tener una sala de estar, un baño y equipo de cocina.
  • Debe cumplir con la normativa vigente de eficiencia energética.
  • Los baños y cocinas deben tener una puerta que los separe de las demás partes de la casa; lo mismo aplica para los dormitorios.
  • Ningún espacio de una vivienda podrá ser destinado a un área que no esté dedicada a la misma vivienda.
  • Los baños no pueden utilizarse como acceso forzado a otras habitaciones de la casa.
  • Si hay dos o más pisos, los baños, las cocinas, los espacios comunes y al menos una habitación deben ser accesibles.
  • Las puertas de acceso a los espacios interiores deberán tener una anchura mínima de 0,70 metros y una altura mínima de 2 metros.
  • El ancho mínimo de escaleras en el interior de las viviendas es de 0,90 metros. Su altura de barandilla debe ser de al menos 0,90 metros.
  • La altura mínima entre suelo y techo es de 2,50 metros. En el caso de baños, cocinas y espacios de circulación, la altura no podrá ser inferior a 2,20 metros.
  • Debe tener una fachada hacia los espacios exteriores del edificio para proporcionar iluminación y ventilación.
  • La superficie mínima del conjunto de espacios que integran la zona de uso público deberá ser superior a 20 metros cuadrados.
  • La habitación más pequeña deberá tener una superficie mínima de 6 metros cuadrados.
  • Si la residencia tiene un máximo de 3 habitaciones, debe tener al menos un inodoro, un lavabo y una ducha/bañera. Si la casa tiene 4 o más habitaciones, debe tener al menos 2 baños, 2 lavabos y 1 ducha o bañera.

En cuanto a suministro y equipamiento, la casa debe contar con: servicio de agua fría y caliente, drenaje y electricidad. El equipamiento sanitario estará compuesto al menos por lavabo, inodoro y ducha. En el caso de la cocina, esta deberá contar con un mueble de cocina compuesto por al menos un desagüe, un fogón y un sistema de extracción de humos. La vivienda también debe contar con un equipo de lavado de ropa o la conexión para la instalación de una lavadora.

La propiedad también tiene que contar con sistemas electrónicos que faciliten la apertura de puertas de edificios, así como un sistema para acceder a los servicios de telecomunicaciones.

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